TITULO I. Definiciones
ARTICULO 1. Crease por la presente ley el Sistema de Información Estadística Nacional (SIEN)
ARTICULO 2. Se declara de interés nacional y de alta prioridad la puesta en marcha del Sistema de Información Estadística Nacional (SIEN)
ARTICULO 3. La misión del SIEN es llevar a cabo las acciones necesarias para que esté disponible oportunamente, información estadística relevante y confiable, de interés nacional para el sector público y el privado.
ARTICULO 4. Serán funciones del SIEN
a. Determinar las necesidades de información del sector público
b. Identificar y evaluar los requerimientos del sector privado que deben incluirse como actividades del Servicio.
c. Velar por el estricto respeto de los derechos de los informantes a la privacidad y a la reserva.
d. Difundir la información disponible de la manera más amplia posible, mediante el aprovechamiento de las tecnologías disponibles.
ARTICULO 5. Fomentar el estudio y la capacitación en Estadística de toda la población. En especial se diseñaran actividades formativas dirigidas a preparar a los ciudadanos para el análisis e interpretación de la información estadística, que permita un mejor desempeño del sistema dedocrático..
ARTICULO 6. El SIEN estará integrado por los usuarios de información, los informantes, los organismos del Servicio Estadístico Nacional.(Servicio) los Estadísticos profesionales matriculados y el personal técnico-administrativo.
ARTICULO 7. A los efectos de que la información producida sea utilizada correctamente, las autoridades del SIEN coordinaran esfuerzos con las autoridades del MEC para el diseño curricular de la enseñanza de la estadística, la disponibilidad de datos y otros materiales y el desarrollo y la revisión de los textos a utilizar en los distintos niveles de la enseñanza regular
Este es un foro de discusión sobre la Ley Nacional de Estadística. En la nueva sociedad que surge, la Estadística es el medio para que funcione con eficacia y se fortalezca como una sociedad plural, abierta y republicana. Para lograrlo es de fundamental importancia destacar que la Estadística no es la mera recopilación de números, sino el cultivo de la capacidad de pensar con los datos mediante el razonamiento crítico
Titulos del Proyecto de Ley
- ESQUEMA DE LA LEY
- I. Sistema de Información Estadística Nacional
- II. Comisión Bicameral
- III. Oficina de Estadística del Congreso
- IV. Estadístico Nacional
- V. Consejo Nacional de Estadística
- VI. Instituto Nacional de Estadísticas
- VII. Director Nacional de Estadística
- VIII. Cuerpo de Estadísticos del Estado
- IX. Escuela Nacional de Estadística
- X. Comité de Coordinación
- XI. Consejo Federal de Estadística
- XII. Servicio Nacional de Estadística
- XIII. Estatuto del Personal del SNE
- XIV. Plan de trabajo
- XV. Principios básicos
- XVI. Financiamiento
- XVII. Sanciones y multas
2 comentarios:
En el articulo 7 se hablade MEC, pero no vi su definicion previa en otros articulos
De acuerdo Sergio. Gracias.
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